Portada  |  01 julio 2020

La nueva Ley de Alquileres ya es una realidad: ¿cuáles son los principales cambios?

Franco Ponce de León, Director de Derechos y Vinculación Ciudadana de la Ciudad, explicó las modificaciones que se implementarán en la relación entre inquilinos y propietarios a partir de este miércoles.

Buen Santa Fe

Luego de conflictivas sesiones, la nueva Ley de Alquileres se aprobó en el Congreso de la Nación el 11 de junio. Aún restaba la promulgación del Gobierno, la cual llegó el día lunes para que, desde este miércoles, la relación entre inquilinos y propietarios cambie drásticamente a partir de los contratos que comiencen a celebrarse.

En diálogo con Buen Santa Fe, Franco Ponce de León explicó los pormenores de esta nueva Ley de Alquileres. “A partir de hoy, que entra en vigencia, uno de los puntos a destacar es que el mínimo para los contratos de locación es de tres años: para cualquier tipo. Viviendas, comercios”.

“Otro gran cambio es que, a partir de hoy, se plantea que va a existir un índice que va a tomar en partes iguales el IPC, que va a hacer el ajuste anual. Solamente, una vez por año, va a tener que modificarse este contrato de locación, y se va a tomar este índice para generar esta adaptación del contrato”, añadió el Director de Derechos y Vinculación Ciudadana.

Otra de las modificaciones radica en el modo de resolver problemas. “Muchas veces sucede que el inquilino tiene algún problema grave e informa a las inmobiliarias y no se puede solucionar. Hoy, el artículo 5 de la ley lo determina claramente: cuando ese inconveniente es de carácter urgente, el inquilino notifica fehacientemente y ellos tienen 24 horas para poder resolverlo. Si no lo resuelven, los inquilinos pueden pedir una factura y que sea descontado del alquiler. Si no es urgente, la otra parte tiene diez días para resolver ese problema. Si no, con el mismo procedimiento el inquilino puede resolverla y presentar factura”.

Además, la resolución anticipada también implicará cambios. “Una vez que comienza el contrato de locación, pasado los seis meses, si el inquilino quiere rescindir el contrato y avisa tres meses antes, no va a tener ningún tipo de penalidad”, explicó De León.

Por otro lado, puntualizó en los reclamos de los inquilinos en etapa de cuarentena. “Cuando comenzó todo el proceso de la cuarentena fue poner una herramienta virtual para los distintos requerimientos de los inquilinos y recepcionamos muchos reclamos. Uno de ellos es que los inquilinos debían abonar su locación a través de medios electrónicos y estaban obligados los locatarios en brindar este medio: muchas veces no se brindaba esta información. Otro inconveniente era que, cuando finalizaban los contratos, no se les quería recepcionar las llaves”.

Finalmente, detalló las modificaciones con respecto a la solicitud de garantías para los inquilinos. “La nueva Ley dice que el inquilino le va a poder ofrecer dos posibilidades a la inmobiliaria para que tome las garantías, que todos sabemos que es un gran problema: por un lado, las cauciones, un seguro de caución y el aval bancario y, también, la persona que es inquilina a través de su recibo de sueldo pueda también ser una de las opciones”.

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