Portada  |  02 diciembre 2020

Covid-19: Se habilitaron nuevas actividades en San José del Rincón

Según el decreto N° 100/20, las modificaciones se dan en el ámbito gastronómico y cultural, como así también en deportes con contacto físico, en el funcionamiento de establecimientos educativos y de recreación para niñas y niños.

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Desde esta semana, en San José del Rincón se habilitaron nuevas actividades y se amplía el horario de otras que ya estaban en funcionamiento, como es el caso del sector gastronómico. Las medidas se implementan en el marco de la pandemia por Covid-19.

En consonancia con las disposiciones provinciales, a través del Decreto N ° 100/20, la Municipalidad estableció modificaciones en el ámbito cultural, como así también en deportes con contacto físico como Fútbol 5, y en el funcionamiento de establecimientos educativos y de recreación para niñas y niños, como es el caso de jardines maternales y las colonias de vacaciones o talleres de verano.

Deportes
De esta manera, se autoriza el desarrollo de actividades deportivas donde los participantes interactúan e incluso tienen contacto físico entre sí en la modalidad de entrenamiento, incluido el “Fútbol 5”, en el horario comprendido entre las 7 y las 22 horas.

Dicho horario de funcionamiento comprende los gimnasios, clubes y centros de entrenamiento deportivo. Para la práctica de estos deportes, como parte del protocolo vigente, los establecimientos deben disponer de un sistema de turnos y un registro diario de los asistentes con los horarios de ingreso y egreso de cada uno de ellos; no pueden asistir espectadores ni organizarse competencias, torneos o similares. Tampoco pueden organizarse reuniones previas o posteriores a la práctica y no se pueden habilitar espacios de uso común, vestuarios ni otras instalaciones interiores.

Además, las personas que vayan a realizar la práctica deportiva deben concurrir por sus propios medios, llevar a cabo elementos individuales de higiene, hidratación y prevención, incluyéndose el uso obligatorio de cubre bocas al momento de ingreso y desplazamiento en el interior de la instalación.

Igualmente, los establecimientos deben organizar el ingreso de cada participante las medidas necesarias para la desinfección de manos y calzado, realizar controles de temperatura y para la limpieza del espacio entre cada uno de los grupos que realicen la práctica. Por su parte, el funcionamiento de bufet y similares deberá cumplir con el protocolo vigente para bares y restaurantes, conforme al decreto municipal Nº 51/2020 y deberá contar con la previa habilitación municipal.

Jardines maternales
A partir de diciembre, se habilita el desarrollo de actividades en jardines maternales de gestión privada, en el horario comprendido entre las 7 y las 19 horas, bajo el estricto cumplimiento de protocolo y condiciones. En ese sentido, además de contar con la habilitación municipal correspondiente, en lo posible, se debe disponer de puertas de ingreso y egreso en forma diferenciada, y efectuar controles de temperatura en forma diaria y registrarlo. También, se deben desarrollar las actividades, en forma preferente en espacios abiertos. En el supuesto en que no fuera posible, los espacios cerrados deben encontrarse suficientemente ventilados.

El protocolo establece que se debe realizar una ocupación de la superficie del establecimiento que no supere el cincuenta por ciento (50%) del mismo; organizar grupos reducidos estables de asistentes que funcionen como burbujas sociales y que eviten la interacción con otros grupos ; disponer la señalización de los espacios de manera tal que no se produzcan contactos interpersonales en los desplazamientos; realizar la desinfección diaria al momento de ingreso de cada uno de los asistentes.

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